LGAMVLV · Art. 18

Artículo 18 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias

TITULO II. MODALIDADES DE LAS VIOLENCIAS · CAPÍTULO IV. DE LA VIOLENCIA INSTITUCIONAL

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

Violencia Institucional: Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen, utilicen estereotipos de género o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.

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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 25-04-2023

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 18, Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia/articulo-18/

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