Artículo 16 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias
TITULO II. MODALIDADES DE LAS VIOLENCIAS · CAPÍTULO III. DE LA VIOLENCIA EN LA COMUNIDAD
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Violencia en la Comunidad: Son los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público.