Artículo 120 de la Ley General de Educación
Título Octavo. Del financiamiento a la educación · Capítulo Único. Del financiamiento a la educación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
El gobierno de cada entidad federativa, de conformidad con las disposiciones aplicables, proveerá lo conducente para que cada ayuntamiento reciba recursos para el cumplimiento de las responsabilidades que en términos del artículo 116 estén a cargo de la autoridad municipal.