Artículo 7 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
TÍTULO PRIMERO. De las Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Las leyes federales y de las entidades federativas deberán garantizar el ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes; así como prever, primordialmente, las acciones y mecanismos que les permitan un crecimiento y desarrollo integral plenos.