Artículo 1 Bis de la Ley General de Salud
TITULO PRIMERO. Disposiciones Generales · CAPITULO UNICO
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Se entiende por salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.