Artículo 417 de la Ley General de Salud
TITULO DECIMO OCTAVO. Medidas de Seguridad, Sanciones y Delitos · CAPITULO II. Sanciones Administrativas
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Las sanciones administrativas podrán ser:
I.Amonestación con apercibimiento;
II.Multa;
III.Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, y
IV.Arresto hasta por treinta y seis horas.