Artículo 548 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO ONCE. Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales · CAPITULO V. Inspección del trabajo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Las sanciones que pueden imponerse a los Inspectores del Trabajo, independientemente de lo que dispongan las leyes penales, son:
I.Amonestación;
II.Suspensión hasta por tres meses; y
III.Destitución.