Artículo 418 de la Ley General de Salud
TITULO DECIMO OCTAVO. Medidas de Seguridad, Sanciones y Delitos · CAPITULO II. Sanciones Administrativas
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Al imponer una sanción, la autoridad sanitaria fundará y motivará la resolución, tomando en cuenta:
I.Los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas;
II.La gravedad de la infracción;
III.Las condiciones socio-económicas del infractor, y
IV.La calidad de reincidente del infractor.
V.El beneficio obtenido por el infractor como resultado de la infracción.