Artículo 235 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Capitulo XI. De la liquidación de las sociedades
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023
La liquidación estará a cargo de uno o más liquidadores, quienes serán representantes legales de la sociedad y responderán por los actos que ejecuten excediéndose de los límites de su encargo.