Artículo 273 del Código Civil de Puebla
Libro primero. Personas · Capítulo VI. Sociedades · Sección quinta. Liquidación de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La liquidación de la sociedad se hará por liquidadores si así lo convienen los socios o si aquéllos estuviesen ya nombrados en la escritura.