Artículo 2 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Titulo preliminar · Capitulo unico
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 26 de marzo de 2024
Los actos y las operaciones a que se refiere el artículo anterior, se rigen:
I.- Por lo dispuesto en esta Ley, y en las demás leyes especiales, relativas; en su defecto,
II.- Por la Legislación Mercantil general; en su defecto,
III.- Por los usos bancarios y mercantiles y, en defecto de éstos, y
IV.- Por la legislación federal.