LGTOC · Art. 373

Artículo 373 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Titulo segundo. De las Operaciones de Crédito · Capitulo IV. De los créditos · Sección Séptima. De la prenda sin transmisión de posesión

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 26 de marzo de 2024

Se entenderá por adquirente de mala fe, para efectos de lo dispuesto en el artículo 356 y 398, a toda persona que adquiera, sin consentimiento del acreedor, bienes muebles del deudor, sabedora por cualquier medio, incluyendo el Registro Único de Garantías Mobiliarias, de:

I.La existencia de la garantía sobre dichos bienes; y

II.Que la enajenación de dichos bienes se encuentra fuera del curso normal de la actividad preponderante del deudor.

Las enajenaciones realizadas sin contar con el consentimiento a que se refiere este artículo no harán que cesen los efectos de la garantía y el acreedor conservará el derecho de persecución sobre los bienes respectivos con relación a los adquirentes; sin perjuicio de que el acreedor exija al deudor el pago de los daños y perjuicios que dicha enajenación le cause.

Leer de corridodentro de Sección Séptima. De la prenda sin transmisión de posesión

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
3024e8fd14ff…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo adicionado DOF 23-05-2000. Reformado DOF 13-06-2003, 13-06-2014

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo.

Transitorios (13 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 373, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 26 mar 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-373/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.