Artículo 118 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Título sexto. Información clasificada · Capítulo III. De la Información Confidencial
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025
Los sujetos obligados que se constituyan como contribuyentes o como autoridades en materia tributaria, no podrán clasificar la información relativa al ejercicio de recursos públicos como secreto fiscal.