Artículo 37 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Título segundo. Responsables en materia de transparencia y acceso a la información · Capítulo IV. De las Autoridades garantes
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025
La Autoridad garante federal, además de lo señalado en el artículo 35 de la presente Ley, tendrá las siguientes atribuciones:
I.Conocer y resolver los recursos de inconformidad que interpongan las personas particulares en contra de las resoluciones emitidas por las Autoridades garantes locales cuando las mismas se encuentren vinculadas con recursos públicos federales;
II.Encabezar y coordinar el Sistema Nacional, y
III.Las demás que le confiera el Sistema Nacional por conducto del Consejo Nacional, esta Ley y otras disposiciones en la materia.