Artículo 1 de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres
Título I · Capítulo primero. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La presente Ley tiene por objeto regular y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres, la paridad de género y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo o género. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el Territorio Nacional.