Artículo 105 de la Ley Nacional de Ejecución Penal
Título cuarto. Del Procedimiento de Ejecución · Capítulo II. Trámite de Ejecución
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 1 de abril de 2024
Contenido de la carpeta de ejecución
La carpeta de ejecución deberá contener cuando menos los siguientes documentos:
I.Sentencia definitiva de primera instancia y auto que la declare ejecutoriada;
II.Sentencia definitiva de segunda instancia si fuera el caso;
III.Sentencia de amparo vinculada a dichas resoluciones, en su caso;
IV.Auto de ejecución de la sentencia en el cual se determinen el cómputo de la pena, considerando el tiempo de prisión preventiva o arresto domiciliario cumplidos por el sentenciado, las condiciones de cumplimiento del pago de multa, la reparación del daño, así como el pronunciamiento respecto del otorgamiento o negativa del sustitutivo penal;
V.Plan de Actividades;
VI.Actas y acuerdos de cualquier procedimiento de justicia alternativa o restaurativa en su caso;
VII.Informe del Centro Penitenciario respecto a procedimientos disciplinarios desde su ingreso hasta la sentencia;
VIII.Copia de la ficha signalética y la identificación administrativa;
IX.Actas del Comité Técnico de los órganos colegiados, en las que se funden las actuaciones realizadas por cada una de las áreas;
X.Documentos que acrediten el pago de la reparación del daño, en su caso;
XI.Documentos que demuestren que se han ejecutado otras sanciones penales, y
XII.Los demás registros de actividad procesal.