Artículo 149 de la Ley Nacional de Ejecución Penal
Título quinto. Beneficios Preliberacionales y Sanciones no Privativas de la Libertad · Capítulo V. Preliberación por Criterios de Política Penitenciaria
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 1 de abril de 2024
Notificación a la Autoridad Penitenciaria
La determinación a través de la cual se ratifique, modifique o deniegue la medida por criterios de política penitenciaria, deberá ser notificada a la Autoridad Penitenciaria para su ejecución inmediata.