LNSIJPA · Art. 100

Artículo 100 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Procedencia

Libro segundo. Mecanismos alternativos de solución de controversias y formas de terminación anticipada · Título II. Soluciones alternas · Capítulo III. Suspensión condicional del proceso

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022

La suspensión condicional del proceso procederá a solicitud de la persona adolescente o del Ministerio Público con acuerdo de aquél, en los casos en que se cubran los requisitos siguientes:

I.Que se haya dictado auto de vinculación a proceso por hechos previstos como delito en los que no procede la medida de sanción de internamiento establecida en esta Ley, y

II.Que no exista oposición fundada de la víctima u ofendido.

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Última reforma
(DOF)
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Cómo citar

Artículo 100, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-100/

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