LNSIJPA · Art. 105

Artículo 105 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Cesación provisional de los efectos de la suspensión condicional del proceso

Libro segundo. Mecanismos alternativos de solución de controversias y formas de terminación anticipada · Título II. Soluciones alternas · Capítulo III. Suspensión condicional del proceso

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022

La obligación de cumplir con las condiciones impuestas por la suspensión del proceso y el plazo otorgado para su cumplimiento se suspenderán mientras la persona adolescente esté privada de su libertad por otro proceso. Una vez que la persona adolescente obtenga su libertad se reanudarán.

Si la persona adolescente está sometida a otro proceso y goza de libertad, la obligación de cumplir con las condiciones y el plazo otorgado para tal efecto continuarán vigentes.

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(DOF)
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Cómo citar

Artículo 105, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-105/

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