Artículo 166 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Excepción al cumplimiento de la medida de sanción
Libro tercero. Procedimiento para adolescentes · Título VII. Medidas de sanción · Capítulo III. Medidas de sanción privativas de la libertad
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
No podrá atribuirse a la persona adolescente el incumplimiento de las medidas de sanción que se le hayan impuesto cuando sea el Estado quien haya incumplido en la creación y organización de los programas para el seguimiento, supervisión y atención integral de las personas adolescentes condenados.
El incumplimiento de las medidas de sanción no se podrá considerar como delito.