LNSIJPA · Art. 52

Artículo 52 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Equivalencia para el acceso al derecho a la salud

Libro primero. Disposiciones generales · Título II. Principios y derechos en el procedimiento · Capítulo II. Derechos y deberes de las personas adolescentes · Sección segunda. Derechos de las personas adolescentes en prisión preventiva o internamiento

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022

Para el ejercicio de su derecho a la salud, a las personas adolescentes privadas de la libertad se les deberá aplicar el principio de equivalencia. El principio de equivalencia consiste en proveer servicios de salud de calidad a las personas adolescentes privadas de libertad, equivalentes a los servicios públicos a que tendría derecho en externamiento.

En el caso de las madres adolescentes que convivan con su hija o hijo dentro de un Centro de Internamiento, este principio se hará extensivo a los mismos.

Leer de corridodentro de Título II. Principios y derechos en el procedimiento

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
16150724c44c…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (3 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 52, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-52/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.