Artículo 1283 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO PRIMERO. Disposiciones Preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El testador puede disponer del todo o de parte de sus bienes. La parte de que no disponga quedará regida por los preceptos de la sucesión legítima.