Artículo 1264 del Código Civil de Hidalgo
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
El testador puede disponer del todo o de parte de sus bienes. La parte de que no disponga quedará regida por los preceptos de la sucesión legítima.