Artículo 147 del Código Civil Federal
LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO QUINTO. Del Matrimonio · CAPITULO II. De los Requisitos para contraer Matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Cualquiera condición contraria a la perpetuación de la especie o a la ayuda mutua que se deben los cónyuges, se tendrá por no puesta.