CCF · Art. 156

Artículo 156 del Código Civil Federal

LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO QUINTO. Del Matrimonio · CAPITULO II. De los Requisitos para contraer Matrimonio

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Son impedimentos para celebrar el contrato de matrimonio:

I.La falta de edad requerida por la ley;

II.(Se deroga).

III.El parentesco de consanguinidad legítima o natural, sin limitación de grado en la línea recta, ascendente o descendente. En la línea colateral igual, el impedimento se extiende a los hermanos y medios hermanos. En la colateral desigual, el impedimento se extiende solamente a los tíos y sobrinos, siempre que estén en el tercer grado y no hayan obtenido dispensa;

IV.El parentesco de afinidad en línea recta, sin limitación alguna;

V.El adulterio habido entre las personas que pretendan contraer matrimonio, cuando ese adulterio haya sido judicialmente comprobado;

VI.El atentado contra la vida de alguno de los casados para contraer matrimonio con el que quede libre;

VII.La fuerza o miedo grave. En caso de rapto, subsiste el impedimento entre el raptor y la raptada, mientras ésta no sea restituida a lugar seguro, donde libremente pueda manifestar su voluntad;

VIII.La impotencia incurable para la cópula; y las enfermedades crónicas e incurables, que sean, además, contagiosas o hereditarias.

IX.Padecer alguno de los estados de incapacidad a que se refiere la fracción II del artículo 450.

X.El matrimonio subsistente con persona distinta a aquella con quien se pretenda contraer.

De estos impedimentos sólo es dispensable el parentesco de consanguinidad en línea colateral desigual.

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Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Fracción reformada DOF 03-06-2019
  • Fracción derogada DOF 03-06-2019
  • Fracción reformada DOF 23-07-1992
  • Fracción reformada DOF 23-07-1992
  • Párrafo reformado DOF 03-06-2019

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • No se pudo leer la fecha de publicación original en ref/ccf.htm.
  • El Código se publicó en el DOF en cuatro partes (26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928); `enacted` es la fecha de la primera parte.
  • Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «Disposiciones Generales».
  • Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «I.- Efectos de las Obligaciones entre las Partes».
  • Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «Cumplimiento de las Obligaciones».
  • Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «I.- De las Asociaciones».
  • Artículo 1777: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 2033: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 2316: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 2345: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».

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Cómo citar

Artículo 156, Código Civil Federal. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-156/

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