Artículo 156 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO PRIMERO. De las personas · TITULO QUINTO. Del matrimonio · CAPITULO II. De los requisitos para contraer matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
Son impedimentos para celebrar el matrimonio:
I.La falta de edad requerida por la Ley;
II.Se deroga.
III.El parentesco de consanguinidad, sin limitación de grado en línea recta ascendiente o descendiente. En la línea colateral igual, el impedimento se extiende hasta los hermanos y medios hermanos. En la colateral desigual, el impedimento se extiende solamente a los tíos y sobrinos, siempre que estén en tercer grado y no hayan obtenido dispensa;
IV.El parentesco de afinidad en línea recta, sin limitación alguna;
V.Se deroga
VI.El atentado contra la vida de alguno de los casados para contraer matrimonio con el que quede libre;
VII.La violencia física o moral para la celebración del matrimonio;
VIII.La impotencia incurable para la cópula;
IX.Padecer una enfermedad crónica e incurable, que sea, además, contagiosa o hereditaria;
X.El de la persona que no pueda conocerse su voluntad, a que se refiere la fracción II del artículo 450 de este Código;
XI.El matrimonio subsistente con persona distinta de aquella con quien se pretenda contraer; y
XII.El parentesco civil extendido hasta los descendientes del adoptado, en los términos señalados por el artículo 410-D.
Son dispensables los impedimentos a que se refieren las fracciones III, VIII y IX.
En el caso de la fracción III sólo es dispensable el parentesco de consanguinidad en línea colateral desigual.
La fracción VIII es dispensable cuando la impotencia a que se refiere, es conocida y aceptada por el otro contrayente.
La fracción IX es dispensable cuando ambos contrayentes acrediten fehacientemente haber obtenido de institución o médico especialista, el conocimiento de los alcances, los efectos y la prevención de la enfermedad que sea motivo del impedimento, y manifiesten su consentimiento para contraer matrimonio.