Artículo 1598 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO TERCERO. De la Forma de los Testamentos · CAPITULO VIII. Del Testamento Hecho en País Extranjero
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El papel en que se extiendan los testamentos otorgados ante los Agentes Diplomáticos o Consulares, llevará el sello de la Legación o Consulado, respectivo.