Artículo 2424 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO SEXTO. Del Arrendamiento · CAPITULO II. De los Derechos y Obligaciones del Arrendador
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Las mejoras a que se refieren las fracciones II y III del artículo anterior, deberán ser pagadas por el arrendador, no obstante que en el contrato se hubiese estipulado que las mejoras quedasen a beneficio de la cosa arrendada.