Artículo 2425 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO SEXTO. Del Arrendamiento · CAPITULO III. De los Derechos y Obligaciones del Arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El arrendatario está obligado:
I.A satisfacer la renta en la forma y tiempo convenidos;
II.A responder de los perjuicios que la cosa arrendada sufra por su culpa o negligencia, la de sus familiares, sirvientes o subarrendatarios;
III.A servirse de la cosa solamente para el uso convenido o conforme a la naturaleza y destino de ella.