Artículo 2315 del Código Civil de Querétaro
Libro Cuarto. De las obligaciones · Segunda Parte. De las diversas especies de contratos · Título Sexto. Del arrendamiento · Capítulo Tercero. De los derechos y obligaciones del arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
El arrendatario está obligado:
I.A satisfacer la renta en la forma y tiempo convenidos;
II.A responder de los perjuicios que la cosa arrendada sufra por su culpa o negligencia, la de los familiares, sirvientes o subarrendatarios;
III.A servirse de la cosa solamente para el uso convenido o conforme a la naturaleza y destino de ella; y
IV.A devolver el bien arrendado al concluir el arrendamiento.