Artículo 2532 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO OCTAVO. Del Depósito y del Secuestro · CAPITULO I. Del Depósito
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El depositante está obligado a indemnizar al depositario de todos los gastos que haya hecho en la conservación del depósito y de los perjuicios que por él haya sufrido.