Artículo 2980 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · TERCERA PARTE · TITULO PRIMERO. De la Concurrencia y Prelación de los Créditos · CAPITULO II. De los Créditos Hipotecarios y Pignoraticios y de Algunos Otros Privilegiados
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Preferentemente se pagarán los adeudos fiscales provenientes de impuestos, con el valor de los bienes que los hayan causado.