Artículo 1559 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De la concurrencia y prelación de créditos · Capítulo II. De los créditos hipotecarios y pignoraticios y de algunos otros privilegios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Preferentemente se pagarán los adeudos fiscales provenientes de impuestos, con el valor de los bienes que los hayan causado.