Artículo 2986 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · TERCERA PARTE · TITULO PRIMERO. De la Concurrencia y Prelación de los Créditos · CAPITULO II. De los Créditos Hipotecarios y Pignoraticios y de Algunos Otros Privilegiados
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Para que se paguen con la preferencia señalada los créditos comprendidos en las fracciones II y III del artículo anterior, son requisitos indispensables que los primeros hayan sido necesarios, y que los segundos consten auténticamente.