Artículo 774 del Código Civil Federal
LIBRO SEGUNDO. De los Bienes · TITULO SEGUNDO. Clasificación de los Bienes · CAPITULO IV. De los Bienes Mostrencos
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Son bienes mostrencos los muebles abandonados y los perdidos cuyo dueño se ignore.