Artículo 85 del Código de Comercio
Libro segundo. Del comercio en general · Titulo primero. De los Actos de Comercio y de los Contratos Mercantiles en General · Capitulo II. De los Contratos Mercantiles en General
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Los efectos de la morosidad en el cumplimiento de las obligaciones mercantiles comenzarán:
I.- En los contratos que tuvieren día señalado para su cumplimiento por voluntad de las partes o por la ley, al día siguiente de su vencimiento;
II.- Y en los que lo tengan, desde el día en que el acreedor le reclamare al deudor, judicial o extrajudicialmente ante escribano o testigos.