Artículo 379 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Tercero. De la Justicia Civil · Título Primero. De los Actos Prejudiciales en Materia Civil · Capítulo I. De los Medios Preparatorios del Juicio en General · Sección Segunda. De los Medios Preparatorios del Juicio Ejecutivo Civil
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La solicitud deberá formularse por escrito ante la autoridad jurisdiccional competente y contendrá al menos lo siguiente:
I.Nombre, domicilio y dirección electrónica de quien promueve;
II.Nombre y domicilio de la persona presunta deudora;
III.Los hechos en que funde su solicitud, y
IV.La firma autógrafa o electrónica de quien promueve.