LFPPI · Art. 31

Artículo 31 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Título primero. Disposiciones Generales · Capítulo III. De la Representación y del Registro General de Poderes

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026

La solicitud de inscripción deberá presentarse, cumpliendo con los siguientes requisitos:

I.- El nombre de la persona mandante;

II.- El nombre de la persona representante o personas representantes legales;

III.- El original o copia certificada del poder a inscribir;

IV.- El domicilio para oír y recibir notificaciones en el territorio nacional, así como un correo electrónico;

V.- El comprobante de pago de la tarifa correspondiente, y

VI.- Los demás que prevengan esta Ley y su Reglamento.

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Última reforma
(DOF)
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Notas de reforma de este artículo

  • Fracción reformada DOF 03-04-2026
  • Fracción reformada DOF 03-04-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 31, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Texto vigente, última reforma DOF 3 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-31/

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