CNPP · Art. 186

Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales

Definición

LIBRO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO · TÍTULO I. SOLUCIONES ALTERNAS Y FORMAS DE TERMINACIÓN ANTICIPADA · CAPÍTULO II. ACUERDOS REPARATORIOS

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2025

Los acuerdos reparatorios son aquéllos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de control y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.

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Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 29-12-2014

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (16 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 186, Código Nacional de Procedimientos Penales. Texto vigente, última reforma DOF 28 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-186/

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