CNPP · Art. 463

Artículo 463 del Código Nacional de Procedimientos Penales

Efectos de la interposición de los recursos

LIBRO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO · TÍTULO XII. RECURSOS · CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2025

La interposición de un recurso no suspenderá la ejecución de la decisión, salvo las excepciones previstas en este Código.

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Artículo 463, Código Nacional de Procedimientos Penales. Texto vigente, última reforma DOF 28 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-463/

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