Artículo 88 del Código Nacional de Procedimientos Penales
Nulidad de la notificación
LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES · TÍTULO IV. ACTOS PROCEDIMENTALES · CAPÍTULO V. NOTIFICACIONES Y CITACIONES
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2025
La notificación podrá ser nula cuando cause indefensión y no se cumplan las formalidades previstas en el presente Código.