CPF · Art. 180

Artículo 180 del Código Penal Federal

LIBRO SEGUNDO · TITULO SEXTO. Delitos Contra la Autoridad · CAPITULO I. Desobediencia y resistencia de particulares

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 13 de marzo de 2026

Se aplicarán de uno a dos años de prisión y multa de diez a mil pesos: al que, empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista al cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal.

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Última reforma
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Notas de reforma de este artículo

  • Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»
  • carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»

Transitorios (168 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 180, Código Penal Federal. Texto vigente, última reforma DOF 13 mar 2026. https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-180/

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