Artículo 183 del Código Penal Federal
LIBRO SEGUNDO · TITULO SEXTO. Delitos Contra la Autoridad · CAPITULO I. Desobediencia y resistencia de particulares
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 13 de marzo de 2026
Cuando la ley autorice el empleo del apremio para hacer efectivas las determinaciones de la autoridad, sólo se consumará el delito de desobediencia cuando se hubieren agotado los medios de apremio.