Artículo 1543 del Código Civil de Aguascalientes
Libro tercero.. De las sucesiones. · Titulo quinto.. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legitima. · Capitulo iii.. De la aceptacion y de la repudiacion de la herencia.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
La repudiación no priva al que la hace, si no es heredero ejecutor, del derecho de reclamar los legados que se le hubieren dejado.