Artículo 188 del Código Civil de Aguascalientes
Libro primero.. De las personas. · Título quinto. De la familia · Capitulo iv.. Del matrimonio con relacion a los bienes. disposiciones generales.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
El abandono injustificado por más de seis meses del domicilio conyugal por uno de los cónyuges, hace cesar para ambos, desde el día del abandono, los efectos de la sociedad conyugal en cuanto le favorezcan; éstos no podrán comenzar de nuevo sino por convenio expreso.