Artículo 2567 del Código Civil de Aguascalientes
Libro cuarto.. De las obligaciones. · Parte segunda.. De las diversas especies de contratos. · Titulo decimo primero.. De las asociaciones y de las sociedades. i. de las asociaciones. · Capitulo i.. Disposiciones generales.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
El contrato de sociedad debe expresar:
I.- Los nombres, apellidos, domicilios y capacidad de los otorgantes;
II.- La razón social;
III.- El objeto de la sociedad;
IV.- La duración de la sociedad;
V.- El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir;
VI.- Los nombres de los socios administradores.
Si falta alguno de estos requisitos, se aplicará lo que dispone el artículo 2565.