Artículo 2566 del Código Civil de Baja California
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades i de las asociaciones · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
El contrato de sociedad debe contener:
I.- Los nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse;
II.- La razón social;
III.- El objeto de la sociedad;
IV.- El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir.
Si falta alguno de estos requisitos se aplicará lo que dispone el artículo 2564.