Artículo 320 del Código Civil de Aguascalientes
Libro primero.. De las personas. · Titulo sexto.. Del parentesco, de los alimentos y de la violencia familiar. · Capitulo i.. Del parentesco.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga al progenitor con los que de él proceden. La misma línea es pues, ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiende.