Artículo 294 del Código Civil de Tabasco
Línea recta
Libro primero. De las personas · Titulo séptimo. Del parentesco y de los alimentos · Capitulo I. Del parentesco
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga al progenitor con los que de él proceden. La misma línea es ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiende.