Artículo 291 del Código Civil de Tabasco
Parentesco civil
Libro primero. De las personas · Titulo séptimo. Del parentesco y de los alimentos · Capitulo I. Del parentesco
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El parentesco civil es el que nace de la adopción plena. Este parentesco surge entre el adoptante y el adoptado y, además, en relación con los parientes del adoptante y del adoptado, con los mismos derechos y obligaciones derivados del parentesco consanguíneo.